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año:2011
 
institución:PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 12366 7 de diciembre de 2011 DJ-1339-2011 Señora Blanca R. Gutiérrez Porras Gerente de Administración PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta relacionada con el oficio GA-0952-2011 sobre la adecuada aplicación de la prescripción de las obligaciones y de la devolución de garantías en la contratación pública. Se refiere este Despacho al oficio GA-0952-2011 del 23 de noviembre del presente año respectivamente, por medio del cual se consulta sobre la adecuada aplicación de la Ley de Contratación Administrativa en cuanto a la prescripción de las obligaciones adquiridas y la posibilidad de devolución de las garantías de las mismas; las cuales se encuentran explicitas en los oficios SC-0299-2011 y SC-0249-2011. CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, dentro de los que destaca que la consulta no debe estar referida a un caso concreto y la necesidad de adjuntar el criteri ...
Fecha publicación: 08/12/2011
Fecha emisión: 05/12/2011
Documento: 12366-2011.pdf
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-596-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del veintidós de noviembre de dos mil once. ---------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Quirós Rossi y Asociados S.A. en contra del acto de adjudicación de la Contratación Directa 2011CD-000550-01, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), para la contratación de Servicios Profesionales de Consultoría en Ingeniería Civil o Arquitectura para la remodelación de 10 casas y un Salón Multiuso en la Aldea Arthur Gough, acto de adjudicación recaído a favor de la empresa Ingeniería Jorge Lizano & Asociados S.A. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.- La empresa Quirós Rossi y Asociados S.A. impugnó el acto de adjudicación de la referida contratación por considerar indebida valoración de su oferta, toda vez que afirma que no se le tomó en consideración toda la experiencia de su empresa, únicamente porque algunas de las cartas de experiencia que aportó no contaban con el membrete, aun cuando la información que contenían lo hacía merecedor de todos los puntos otorgados para este rubro de calificación. ------------------------- II.- Que mediante auto quince horas del veintidós de setiembre del dos mil once, se solicita el expediente administrativo al PANI (ver folio 019 del expediente de apelación). La Administración aporta certificación del expediente por medio del oficio D.S.B.S.2686-2-2011 del 23 de setiembre del dos mil once (ver folio 023 del expediente de apelación). ----------------------------------------------- III.- Que a través del auto de las catorce horas del diez de octubre de dos mil once, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la empresa adjudicataria (ver folio 027 del expediente de apelación), la cual fue contestada por ambas partes (ver folios que van del 034 ...
Fecha publicación: 25/11/2011
Fecha emisión: 22/11/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


R-DCA-510-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas del siete de octubre del dos mil once. --------------------- Recursos de apelación interpuestos por: 1) Construtica Diseño y Construcción Limitada y 2) Macroestructuras S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2011-027, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, PANI, cuyo objeto es la construcción de la oficina local San José Oeste del PANI, concurso en el cual resultó adjudicada la empresa Constructora Hidalgo Cárdenas S.A.---------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.- Las empresas Construtica Diseño y Construcción Limitada y Macroestructuras S.A., de forma independiente, presentaron recurso de apelación en contra del acto de adjudicación emitido por el Patronato Nacional de la Infancia, en adelante PANI, en la Licitación Pública 2011-027, cuyo objeto es la construcción de la oficina local San José Oeste del PANI.------------------------------------- II.- Mediante auto de las ocho horas del diecinueve de julio de dos mil once, se requirió el expediente administrativo al PANI, el cual fue remitido a este órgano contralor. ------------------------ III.- Mediante auto de las catorce horas del once de agosto de dos mil once, se concedió audiencia inicial a la Administración licitante y al adjudicatario, haciéndose realizado varias advertencias al PANI entre ellas, la siguiente: “Deberá la Administración referirse al puntaje que el apelante Construtica Diseño y Construcción Limitada, se otorga a la hora de señalar que su plica obtendría una nota 100 de ser considerada elegible”. ------------------------------------------------------------------- IV. La Administración presentó su respuesta, según consta a folios 88 a 103 del expediente de apelación, mientras que el adjudicatario no atendió la audiencia concedida. ------------ ...
Fecha publicación: 12/10/2011
Fecha emisión: 07/10/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


R-DCA-418-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve del veinticinco de agosto de dos mil once ---------------------- Recurso de apelación interpuesto por SERVICIO DE LIMPIEZA A SU MEDIDA S.A. (en adelante SELIME S.A.) en contra del acto de adjudicación dictado en la licitación abreviada 2011LA-000002-01 promovida por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (en adelante el PANI) para la Contratación del servicio de limpieza para las oficinas administrativas del Patronato Nacional de La Infancia, el Albergue de Varones La Garita, el Albergue de Mujeres Barrio San José y la Aldea Arthur Gough. Dicho acto adjudica algunas líneas a la empresa Compañía de Servicios Múltiples Masiza S.A. (15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 30,3 1, 32 y 33 y otras fueron declaradas infructuosas ( 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 24, 28, 29, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40). -------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO: I.- Que de la misma letra del recurso entiende este Despacho que la sociedad apelante recurre en contra de la adjudicación emitida a favor de Compañía de Servicios Múltiples Masiza S.A. (en adelante MASIZA S.A.) en las líneas 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 30,3 1, 32 y 33 y contra de la declaratoria de infructuosas de las líneas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 24, 28, 29, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 40). --------------------------------------------------------------------------------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO: I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el PANI promovió la Licitación de refere ...
Fecha publicación: 26/08/2011
Fecha emisión: 23/08/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES T: (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N° 05664 29 de junio, 2011 DFOE-SOC-0501 Señora María del Rocío Quesada Chacón Vicepresidenta de Junta Directiva PPAATTRROONNAATTOO NNAACCIIOONNAALL DDEE LLAA IINNFFAANNCCIIAA Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Patronato Nacional de la Infancia en relación con los dineros administrados por esta institución a través del Fondo de Bienes de Menores. Damos respuesta a su oficio No. P.E-0942-2011 del 19 de mayo del año en curso, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la disposición de los dineros que administra el PANI a través del Fondo de Bienes de Menores. En concreto, se consulta sobre la existencia de una opción o mecanismo para darle salida a aquellos dineros que se administran en el Fondo de Bienes de Menores y que no están siendo retirados por desinterés de los beneficiarios, porque ya son mayores de edad y no están localizables o por su fallecimiento, dado que el “Reglamento para la Entrega de Dineros del Programa de Bienes de Menores” no indica cómo proceder en los casos antes señalados. En forma complementaria, adjunta criterio de la Asesoría Jurídica en el que se concluye que la única manera de hacer la devolución de dichos dineros en casos de beneficiarios fallecidos sería mediante un proceso sucesorio; y tratándose de personas mayores de edad no localizables o desinteresadas en retirar los dineros, la única forma de disponer de los mismos es mediante la adopción de un mecanismo donde se exprese la voluntad de renuncia. Sobre el particular, debe indicarse que esta Contraloría General, en el ejercicio de la potestad consultiva que le confiere el artículo 29 de su Ley Orgánica (Ley ...
Fecha publicación: 04/07/2011
Fecha emisión: 29/06/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 05405 17 de junio de 2011 DJ-0644-2011 Señor Miguel Ramírez Largaespada Coordinador Departamento de Recursos Humanos PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la rendición de garantías por parte de funcionarios de esa entidad. Se refiere este Despacho a su oficio N° DRH-212-2011, recibido el 9 de junio pasado, mediante el cual solicita a la Contraloría General respuesta a las siguientes interrogantes: “(…) En el caso de personas que les corresponda sustituir por motivo de ausencias e incapacidades, a los diferentes niveles que les correspondan rendir caución. ¿Cuál sería el plazo prudencial para que inicien la respectiva garantía a favor de la institución? Dado que son casos impredecibles y en algunos casos corresponden a nombramientos de quince días, un mes o menos de tres meses. De igual forma cuando se hacen nombramientos discontinuos, es decir ininterrumpidos en un puesto sujeto a rendir la respectiva caución, ¿A partir de qué momento corresponde rendir la garantía (…)? CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que la potestad consultiva de la Contraloría General se encuentra regulada en el artículo 29 de su Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y en la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000. Ahora bien, en lo que aquí interesa, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta al órgano contralor, dentro de los cuales destaca que la consulta debe venir firmada por el jerarca de la entidad consultante, así como el deber de adjuntar el criterio legal o técnico –según corresponda- respecto a los extremos en consulta, en los siguientes términos: “3. Toda consulta debe p ...
Fecha publicación: 20/06/2011
Fecha emisión: 17/06/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-152-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil once. -------------- Recurso de objeción interpuesto por Espigamboa S. A., en contra del cartel de la Licitación Pública 2011LN-000001-01, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, para la contratación de “Construcción de la oficina local de San José oeste”. ------------------------------------- I.-POR CUANTO: Espigamboa S. A., presenta ante este órgano contralor, vía fax, con fecha de 15 de marzo del 2010, un recurso de objeción en contra del referido cartel.------------------------------- II.- POR CUANTO: La referida objetante no presentó el documento original del recurso de objeción interpuesto. ---------------------------------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso: De conformidad con el artículo 165 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA) que establece, respecto a la presentación del recurso, lo siguiente: “El recurso podrá ser presentado por fax, debiendo remitirse el original dentro de los tres días hábiles siguientes, salvo en el recurso de objeción donde el original deberá presentarse el día hábil siguiente. En tales casos, la presentación del recurso se tendrá como realizada al momento de recibirse el fax. Si el recurso presentado por fax se remite el último día del plazo para recurrir, éste debe ingresar en su totalidad dentro del horario hábil del despacho.” Adicionalmente, el artículo 170 RLCA señala que “Contra el cartel de la licitación pública (...) podrá interponerse el recurso de objeción dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, contado a partir del día siguiente de la publicación o de aquel en que se realice la invitación.” (el subrayado no corresponde al original). En el presente caso, se tiene que el concurso fue publicado ...
Fecha publicación: 30/03/2011
Fecha emisión: 25/03/2011
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL